16 de abril de 20182018-5540
Panamá publica nueva versión de declaración informativa sobre precios de transferencia
De conformidad con la Resolución N° 201-1937 (la Resolución) de 2 de abril de 2018, publicada en el Diario Oficial el 9 de abril de 2018, Panamá modificó el Formulario N° 930 (V1.0), Declaración Informativa de Precios de Transferencia. El nuevo formulario es el Formulario No. 930 V2.0 (Formulario 930).
Los cambios al Formulario 930 incluyen:
1. La incorporación de nuevas celdas en la pestaña principal del Modelo 930 relacionadas con los ajustes realizados en los análisis de operaciones vinculadas
2. La adición de un “Anexo Intangible”, para reportar transacciones intangibles (se puede cargar un archivo Excel con la información solicitada en este anexo)
3. La adición de un “Anexo de Empresas Comparables”, para reportar el nombre, tipo, ubicación y país de las comparables, así como el indicador de nivel de utilidad seleccionado y la información financiera de cada una de ellas (se podrá cargar un archivo Excel con la información solicitada en este anexo)
4. Una nueva sección con “Preguntas relacionadas con el contribuyente” y “Preguntas relacionadas con la empresa multinacional (EMN)”, donde algunas de las preguntas están relacionadas con la información requerida en el artículo 11 del Decreto Ejecutivo 390, publicado el 24 de octubre de 2016. (con respecto al Archivo Maestro)
La sección “Preguntas relacionadas con el contribuyente” pregunta si el contribuyente:
Se encuentra dentro de un régimen fiscal especial o zona económica especial. Ha sido parte de una reestructuración, fusión, adquisición o desinversión empresarial en el ejercicio fiscal reportado. Ha participado en la transferencia de intangibles. Utiliza ajustes a la comparabilidad para las transacciones bajo análisis. Utiliza cualquier comparable con pérdidas operativas. Utiliza cualquier comparable con. una situación particular, como una reestructuración corporativa, fusión, adquisición o desinversión
La sección “Preguntas relacionadas con el grupo multinacional” pregunta si:
La EMN ha sido parte de una reestructuración empresarial. Las partes relacionadas en el extranjero están enfrentando disputas fiscales relacionadas con precios de transferencia con las autoridades o tribunales competentes. Las partes relacionadas en el extranjero están en proceso de ser auditadas o han sido sujetas a una auditoría de precios de transferencia.
Esa sección también solicita:
País de residencia fiscal de la entidad matriz final El último año fiscal disponible y el monto consolidado de ingresos del grupo MNE para ese año, en la moneda del país de residencia fiscal Moneda que se utilizó para consolidar los ingresos del grupo MNE Monto consolidado de ingresos del grupo MNE del último período disponible, en dólares estadounidenses (US$) Fecha del tipo de cambio de la moneda utilizada para consolidar los ingresos
El Formulario 930 entra en vigor a partir de la fecha de entrada en vigor de la Resolución (publicación en Diario Oficial el 9 de abril de 2018) y deberá utilizarse para reportar la información correspondiente al ejercicio fiscal 2018 y siguientes.
Los contribuyentes deberán utilizar el Formulario N° 930 (V1.0) para reportar la información correspondiente a ejercicios fiscales anteriores al 2018.
El formulario 930 debe presentarse en línea a través del Sistema E-Tax 2.0 de las autoridades tributarias (Dirección General de Ingresos o DGI).
Las instrucciones para presentar el Formulario 930 se encuentran publicadas en el sitio web de la DGI. Las instrucciones del Formulario 930 indican que no se pueden solicitar extensiones de tiempo ni enmiendas para el Formulario 930. Sin embargo, si el contribuyente presenta el Formulario 930 antes de la fecha de vencimiento y desea hacer una enmienda, el contribuyente tendrá la opción de solicitar la revocación del Formulario. 930, el cual será analizado y sujeto a la aprobación de la DGI. Esta solicitud de revocación deberá realizarse mediante escrito dirigido al Director de la DGI.
La Resolución reemplaza la Resolución N° 201-6845 de 15 de junio de 2012 y la Resolución N° 201-162 de 3 de enero de 2013, respecto del Formulario N° 930 (V1.0).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 762-I del Código Tributario panameño, el incumplimiento de la presentación del Formulario 930 podrá acarrear una sanción del 1% del monto total de las operaciones con partes relacionadas. Para el cálculo de la multa, se debe incluir el monto bruto de las transacciones, independientemente de si los montos de la transacción son ingresos, gastos o deducciones. La sanción no deberá exceder de 1 millón de Balboas (B/.1,000,000).
———————————————CONTACTOS
Para obtener información adicional con respecto a esta Alerta, comuníquese con lo siguiente:
Ernst & Young Limited Corp., Ciudad de Panamá
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Ernst & Young LLP, Centro de Negocios Latinoamericano, Nueva York
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Ernst & Young LLP (Reino Unido), Centro de Negocios Latinoamericano, Londres
José Padillajpadilla@uk.ey.com
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